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Pleno de la Asamblea aprueba llamar a juicio político al Ministro de Trabajo
Política
Publicado en 09/04/2021

El Pleno de la Asamblea Nacional, con 79 votos afirmativos, resolvió dar paso al juicio político en contra del Ministro de Trabajo, por atribuirse funciones que no le corresponden; por denegar el acceso inmediato a la información pública al Observatorio de Discapacidad; y por incumplir la Disposición Transitoria Vigesimoquinta de la Constitución de la República, al no revisar el salario básico unificado para el año 2021.

De esta manera, de conformidad con lo previsto en el artículo 83, inciso segundo de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, el Presidente de la Asamblea Nacional, en el plazo máximo de cinco días, incluirá en el orden del día para consideración del Pleno, el juicio político que absolverá o censurará y destituirá al funcionario o funcionaria, según corresponda.

La moción, presentada por Marcela Holguín, se fundamentó en lo dispuesto en el artículo 83, numeral 2, de la referida norma. Si el informe se refiere a las actas y las posiciones de las y los legisladores por no haberse aprobado el informe que recomiende el archivo o el juicio político, el Pleno de la Asamblea Nacional, previa moción motivada de cualquier legisladora o legislador, podrá resolver el archivo del trámite o el juicio político para lo cual requerirá el voto favorable de la mayoría simple de sus integrantes.

La primera asambleísta en el uso de la palabra fue Noralma Zambrano, vicepresidenta de la Comisión de Fiscalización, recordó que uno de los beneficios de la reforma a la Ley de la Función Legislativa es, precisamente, que el Pleno sea quien se pronuncie sobre los informes relacionados con los juicios políticos. En el proceso seguido contra el Ministro de Trabajo, hubo un informe con recomendación de juicio político que luego se reconsideró y, finalmente, no se aprobó, por lo cual los legisladores deben tomar la decisión de dar paso o no a la interpelación, afirmó.

Luego, intervino Marcela Holguín, una de los solicitantes del juicio político, quien elevó a moción que el Pleno dé paso al juicio político al Ministro de Trabajo, por ser responsable del despido de miles de trabajadores, en plena pandemia, con una interpretación antojadiza de la Ley Humanitaria, en lo que se refiere a la causal de caso fortuito o fuerza mayor para la terminación de la relación laboral.

De su lado, Henry Cucalón subrayó que fue uno de los proponentes del cambio legislativo para que los informes de la Comisión de Fiscalización, en todos los casos, lleguen al Pleno de la Asamblea, para evitar que los juicios políticos queden en el limbo, por decisión discrecional de una mayoría al interior de la mesa.

Entre tanto, Mónica Brito y Esteban Melo, vocales de la Comisión de Fiscalización, coincidieron en que, más allá de los pormenores del análisis interno del organismo, lo importante es que el proceso sea conocido y resuelto por el Pleno de la Asamblea, puesto que, a su juicio, existen argumentos suficientes para demostrar el incumplimiento de funciones del Ministro de Trabajo.

Mientras, Mercedes Serrano, quien propuso la reconsideración de la votación del informe de la Comisión que recomendaba el enjuiciamiento político, justificó su actuación que, dijo, buscaba que el informe recoja con mayor precisión las causales, de manera que estén jurídicamente bien justificadas, así como los diversos puntos de vista de los miembros de la comisión.

La legisladora Gabriela Larreátegui subrayó que hay una total debilidad en los argumentos presentados contra el Ministro de Trabajo, a quien se lo acusa de la pérdida de empleos en la pandemia, que es algo que pasó en todo el mundo.

Finalmente, Absalón Campoverde, coincidió con Mercedes Serrano, en el sentido que la reconsideración de la votación respecto del informe de la Comisión de Fiscalización obedeció al único interés de fundamentar de mejor manera el documento, sobre la base de las pruebas presentadas en la sustanciación del proceso.

 

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