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Conoce las nuevas disposiciones del COE Nacional para las ocho provincias con estado de excepción
Política
Publicado en 03/04/2021

El Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional emitió una nueva resolución tomando en cuenta el decreto firmado por el presidente Lenín Moreno de estado de excepción en ocho provincias del país y toque de queda hasta el 9 de abril. Los cantones de estas provincias que decidan restringir la movilidad vehicular deberán acatar el calendario establecido por el COE Nacional, no podrán implementar otro. Estas medidas buscan frenar el aumento de contagios por coronavirus.

Juan Zapata, presidente del COE Nacional, expresó que hay dos opciones: decretar libre movilidad, como se hizo en Cuenca, o declarar restricción vehicular, como ocurrió en Guayaquil.

En el segundo caso, para todos los cantones que decidan implementar la restricción, obedecerán al siguiente horario de manera obligatoria:

 

Día de restricción            Número de placa

Viernes 2 de abril            No circulan placas terminadas en número par

Sábado 3 de abril            No circulan placas terminadas en número impar

Domingo 4 de abril          No circulan placas terminadas en número par

Lunes 5 de abril               No circulan placas terminadas en número par

Martes 6 de abril             No circulan placas terminadas en número impar

Miércoles 7 de abril         No circulan placas terminadas en número par

Jueves 8 de abril             No circulan placas terminadas en número impar

Viernes 9 de abril            No circulan placas terminadas en número par

Con esto, el plan de circulación “Hoy no circula” que se estableció en Quito no entraría en vigencia. Las autoridades municipales deberán decidir si declaran libre movilidad o se atienen al horario establecido por el organismo nacional.

 

Restricción en la Red Vial Estatal de todo el país

Sobre la restricción vigente en las carreteras principales, vías nacionales o troncales del Ecuador se informó que las medidas se mantienen vigentes en todo el territorio nacional. Este calendario de restricción aplica únicamente para el feriado de Semana Santa y será de la siguiente manera:

 

Viernes 2 de abril: no circulan todo el día vehículos con placa terminada en número par.

Sábado 3 de abril: no circulan todo el día vehículos con placa terminada en número impar.

Domingo 4 de abril: no circulan todo el día vehículos con placa terminada en número par.

 

EL COE nacional informó que desde el lunes 5 de abril las carreteras de la Red Vial Estatal no tendrán restricción vehicular. También informaron que estas medidas tienen obligatorio cumplimiento desde la publicación de la resolución. (El Universo)

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