En la próxima semana, el Pleno de la Asamblea Nacional se pronunciaría sobre la objeción parcial del Ejecutivo al Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria del Código Orgánico Integral Penal en Materia Anticorrupción, una vez que la Comisión de Justicia dejó listo el correspondiente informe no vinculante.
En efecto, la mesa, en la reinstalación de la sesión 145, realizada este viernes, 05 de febrero, aprobó definitivamente el informe, luego de reconsiderar la objeción IV relativa al Art. 9 que hace mención al tema de peculado. Por unanimidad (12 votos afirmativos), se determinó que ese aspecto se incluya dentro de los allanamientos y no de ratificación como fue la decisión adoptada el miércoles anterior.
De esta manera, se sugiere al Parlamento ratificarse en los articulos 14, 18, 20, 22, la disposición transitoria única y las disposiciones reformatorias segunda, quinta, sexta y décima; y allanarse en los artículos 1, 2, 3, 9, 11, 12, 16, 17, las disposiciones reformatorias tercera, décima primera y la disposición final única, del total de 20 observaciones formuladas por el Primer Mandatario.
El presidente Serrano destacó que se acogió todo lo referente al modelo de compliance (cumplimiento normativo), así como lo que fortalece el interés superior del niño para denuncias y reserva de identidad, al igual que la figura del informante en que se especifica el deber ciudadano de denunciar.
También, precisó que se toma en cuenta la observación de ampliar a 180 días el plazo para que entre en vigencia la Ley, es decir seis meses después de su publicación en el Registro Oficial; dando así, tiempo suficiente a las instituciones que implementen estas disposiciones, garantizando un efectivo conocimiento y aplicación de la norma.
Asi mismo, habló de insistir en los textos aprobados originalmente por el Pleno, en cuanto a los informes previos de la Contraloría del Estado en materia de contratación pública, además en los temas de certificación, procedimiento y sanciones en dichos procesos.
El proyecto de Ley, aprobado por el Pleno de la Asamblea Nacional, el 15 de diciembre de 2020, está estructurado de la siguente manera: 25 artículos, dos disposiciones generales, nueve disposiciones reformatorias a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, dos disposiciones reformatorias a la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado; y, una disposición final.
Con la vigencia de esta normativa, la Asamblea, en base del trabajo de la Comisión de Justicia, trata de responder a la exhortación que hiciera la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción y otros instrumentos de carácter internacional al Estado ecuatoriano, a establecer acciones, dentro de ellas legislativas, tendientes a prevenir y combatir efectivamente la corrupción. (Asamblea Nacional)