El Pleno de la Asamblea Nacional, en el marco de la sesión 688 cumplida este martes, 1 de diciembre, integró el primer Comité de Ética, en aplicación de lo previsto en el artículo 164 y la Disposición Transitoria Tercera de la Ley Reformatoria de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, que entró en vigencia luego de su publicación en el Suplemento del Registro Oficial Nº 326, de 10 de noviembre 2020.
De conformidad con el procedimiento establecido en la referida norma, la Legislatura eligió uno por uno a los cinco integrantes del Comité, en representación de igual número de bancadas, con el voto de la mayoría absoluta de los integrantes de la Asamblea. Los postulantes obtuvieron entre 89 y 123 votos afirmativos.
Este nuevo organismo estará conformado por: Fernando Callejas (CREO), de Tungurahua; Eddy Peñafiel (BIN), de Orellana; Brenda Flor (PAIS), de Galápagos; Patricia Henríquez (PSC), de El Oro; y Hermuy Calle (RC), de Chimborazo. Los legisladores cumplirán sus funciones hasta mayo de 2021.
La Presidenta o el Presidente del Comité será elegido de entre sus miembros, quien será el encargado de dirigir y organizar sus labores; su elección se realizará en la primera sesión. Según lo determinado en la Disposición Transitoria Tercera, el Comité de Ética de la Asamblea Nacional debía conformarse en el plazo de treinta días posteriores a la publicación de la Ley.
Conformación
En virtud de lo establecido en el artículo 164 reformado, el Comité de Ética se renovará cada dos años y funcionará únicamente para el conocimiento y sustanciación de las denuncias sancionadas con destitución, por tanto, no podrá actuar de oficio. Los miembros del Comité de Ética serán elegidos, bajo criterio de paridad de género, de entre asambleístas pertenecientes a diferentes bancadas.
Al tenor del artículo 165 reformado, el Comité de Ética tendrá, específicamente, tres atribuciones: iniciar, previa denuncia y de conformidad con esta Ley, el proceso de investigación en contra de cualquier asambleísta que haya incurrido en infracciones señaladas en el articulo 127 de la Constitución de la República del Ecuador y 163 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa; emitir un informe motivado, que pasará a conocimiento del Pleno de la Asamblea Nacional para su respectiva resolución y ejecución; y proponer o pronunciarse respecto a iniciativas que busquen fomentar la ética y transparencia dentro de la Asamblea Nacional.
Patricio Donoso, segundo vicepresidente, encargado de la conducción del Pleno, declaró posesionados a los cinco miembros del Comité de Ética y les auguró éxitos en sus funciones. [Asamblea Nacional]