El Pleno de la Asamblea Nacional aprobó, con 129 votos afirmativos, el proyecto de Ley Orgánica para la Racionalización, Reutilización y Reducción de Plásticos de un Solo Uso elaborado por la Comisión de Desarrollo Económico.
La norma tiene como objetivo establecer el marco legal para regular la generación de residuos plásticos; la reducción progresiva de plásticos de un solo uso, mediante el uso y consumo responsable; la reutilización y el reciclaje de los residuos y, cuando sea posible su remplazo por envases y productos fabricados con material reciclado o biodegradable con una huella de carbono menor al producto que está siendo reemplazado, contribuir al cuidado de la salud y el ambiente.
Comisiones generales
Jorge Mórtola, presidente de la Asociación Ecuatoriana de Plásticos, se refirió a los beneficios del plástico y dijo que la industria tiene efecto multiplicador en la economía del país por el encadenamiento productivo. También indicó las bondades de este material en el sector de la salud.
Además, comentó que el plástico como tal no es el problema “son los residuos los que contaminan”, destacó. Apuntó que, si se logra recuperar el 20 % de los residuos, el país tendría un ahorro de 144 millones de dólares y así se contribuye a la protección del ambiente.
De su parte, Inés Manzano, directora de la Fundación Círculo Verde, expresó que esta es una ley justa que tiende a promover la conciencia ciudadana. Señaló que en la norma se tendría que ampliar el papel de los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) en el tema del reciclaje, además, debería existir un marco regulatorio nacional para que las ordenanzas que ya hayan emitido los Gobiernos Autónomos se ajusten progresivamente a la norma.
En su intervención realizó varias observaciones al proyecto de Ley, de manera particular al capítulo de prohibiciones. Sugirió fomentar la responsabilidad extendida del productor para asegurar el reciclaje y prohibir todo producto con material de poliestireno expandido.
Exposición y debate
El presidente de la Comisión y ponente del proyecto, Esteban Albornoz, sostuvo que la normativa piensa en el presente y futuro del planeta. Señaló que el mundo afronta cuatro grandes crisis: sanitaria, económica, social y climática, por lo tanto, se debe tender a un modelo de desarrollo sostenible respetuoso con el ser humano y la naturaleza.
Indicó que los beneficios del plástico son innegables y eso ha llevado a un auge, pero el mundo ya no es capaz de lidiar con la cantidad de residuos que se generan. En cuanto a la industria del plástico en Ecuador señaló que provoca desarrollo y plazas de empleo, pues representa el 1.2 % del PIB nacional, genera 1200 millones de dólares anuales y crea 19 mil empleos directos.
Sostuvo que el proyecto está alineado con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) 12 y 14, Producción y consumo responsable, y Vida Submarina, respectivamente. Además, explicó la estructura del proyecto que consta de seis secciones: Generalidades; Planificación, Vigilancia y Control; Reducción Progresiva de Plástico de un solo Uso; Obligaciones de los Gobiernos Autónomos; Sensibilización y Fomento para la Reducción de Plástico de un solo Uso e Infracciones y Sanciones.
Una vez abierto el debate, los legisladores indicaron que la norma tiene acciones efectivas para reducir de forma progresiva los plásticos de un solo uso, así se prevendrá la contaminación de la basura plástica, puntualizaron. Mostraron su satisfacción porque la norma está alineada a los ODS y a la Agenda 2030.
Señalaron que la educación juega un rol importante en el tema de reciclaje y lamentaron que en Ecuador no exista. Hicieron un llamado a la ciudadanía y a los GAD para que no emitan únicamente ordenanzas, sino para que trabajen en clasificación de basura y en la concienciación social sobre la reutilización y reciclaje.
Otro punto destacado fue que la norma regule la utilización de residuos plásticos para evitar el impacto en la salud y el ambiente. Reiteraron que es importante promover el reemplazo de plásticos de un solo uso por productos biodegradables. Consideraron importante implementar una normativa para reducir el volumen y producción de plástico de un solo uso.
Durante el debate se hizo referencia a la creación de incentivos y beneficios tributarios, pues dijeron que mediante estos sí se generan cambios de comportamiento. También hablaron de la transformación de un modelo lineal a un modelo de economía circular enfocado en reciclar, reducir y reusar.
En las intervenciones se hizo referencia a que la normativa impulse la protección de parques nacionales, ecosistemas marinos, lagos y lagunas, cumpliendo así lo que determina la Constitución, la cual garantiza un ambiente sano para vivir y desarrollarse.
Puntos acogidos
Tras el segundo debate, el ponente del proyecto Esteban Albornoz mencionó que se acogieron varias observaciones planteadas por los asambleístas, entre ellas, la definición del concepto material reciclado posconsumo, el porcentaje de material en las fundas de acarreo. Además, en el nombre de la Ley se suprimió la palabra “en el Comercio” y quedó como Ley Orgánica para la Racionalización, Reutilización y Reducción de Plásticos de un Solo Uso.
Hubo también algunas correcciones en los considerandos, un tema relacionado con las áreas protegidas, la responsabilidad ampliada del productor, incentivos, material biodegradable y certificaciones, y el establecimiento de porcentajes mínimos en la tabla.
Proyecto
La normativa contempla que se amplíe a 12 meses el plazo para inciar la prohibición de la comercialización y uso de bolsas y envases de plástico de un solo uso para bebidas y alimentos de consumo humano, en parques nacionales, áreas protegidas, islas e islotes, playas, riveras de ríos, lagos y lagunas. Así mismo, se establece plazos de 24 y 36 meses para otro tipo de materiales.
En la norma se establecen incentivos por parte del Estado para aquellos niveles de gobierno que adopten políticas relacionadas a la gestión y reutilización de plásticos de un solo uso.
También se especifican varias obligaciones de los GAD, entre ellas, la promoción del uso de bolsas o fundas reutilizables o elaboradas con materiales reciclados, biodegradables o alternativos al plástico, siempre que estos tengan una menor huella ambiental y la implementación de mecanismos que mejoren la disposición final de los plásticos de un solo uso en su área de jurisdicción.
De la misma manera se tiene previsto que los GAD promuevan campañas informativas permanentes para la sensibilización ambiental y emitan ordenanzas necesarias para el cumplimiento de objetivos y metas, acorde con el Plan Nacional de Reducción de Residuos Plásticos y esta Ley, en su jurisdicción.
En el proyecto se instaura como prioridad del Estado, incentivar la investigación y el desarrollo de materiales sustitutos del plástico con características biodegradables que no afecten la soberanía alimentaria y contribuyan con cuidado del planeta.
En cuanto a infracciones se consideran muy graves, graves y leves. En cuanto a las sanciones, el proyecto adoptó las establecidas en el Código Orgánico del Ambiente, desde el artículo 323 hasta el 328.
Una vez aprobada la norma por el Pleno de la Asamblea irá al Ejecutivo para su aprobación u objeción.