La Comisión de Soberanía Alimentaria y Desarrollo del Sector Agropecuario y Pesquero, que preside Lenin Plaza Castillo, con siete votos, el articulado del proyecto de Ley Orgánica para el Desarrollo Sustentable del Sector Agropecuario, que tiene por objeto establecer el régimen jurídico para el desarrollo de este sector, propiciando la integralidad y sustentabilidad en el territorio nacional, en las diferentes etapas de la cadena agroproductiva.
El proyecto se compone de 178 artículos, ocho disposiciones generales, 12 transitorias, tres disposiciones derogatorias y la disposición final. El título primero contiene los principios, definiciones, lineamientos de la Política Agropecuaria, los derechos y responsabilidades.
El título segundo se refiere al Sistema Nacional para el Desarrollo Sustentable del Sector Agropecuario, sus generalidades; los organismos que lo conforman; la Autoridad Agraria Nacional; la entidad encargada de la Producción, Comercio Exterior, Inversión y Pesca; el Consejo Consultivo para el Desarrollo del Sector Agropecuario; la entidad encargada de la Investigación Agropecuaria; y, el rol de los gobiernos autónomos descentralizados.
El tercer título está relacionado con la Planificación Participativa para el Desarrollo Agropecuario. Mientras, el título cuarto contiene aspectos como el Desarrollo Sustentable del Sector Agropecuario; la tierra rural con fines productivos; el agua de riego y de actividades agroproductivas; el trabajo agropecuario y el empleo rural agrícola y no agrícola; el capital e incentivos para el desarrollo de este sector; crédito productivo; seguro agropecuario; reinversión ciudad-campo; Fondo Nacional del Sector Agropecuario; innovación tecnológica y capacitación productiva; personas naturales y jurídicas; empresas agropecuarias y agroindustriales; y, comercialización.
Para el título quinto, el texto prevé normas específicas para el desarrollo del sector agropecuario, con un Plan Nacional de reconversión Agrícola. En tanto, el sexto versa sobre los factores que inciden en el desarrollo del sector agropecuario. Finalmente, el título séptimo establece los procedimientos administrativos, infracciones, sanciones y responsabilidades.
La normativa es de cumplimiento obligatorio para las entidades que conforman el sector público; las personas naturales o jurídicas del sector privado, de la economía popular y solidaria, comunas, comunidades, pueblos, nacionalidades, y todas aquellas, cuya actividad se encuentre relacionada con el sector agropecuario.
El organismo legislativo desarrolló una serie de actividades relacionadas con la socialización del proyecto, a nivel de las entidades públicas y privadas, organizaciones de productores, gremios, asociaciones, así como la academia y los organismos internacionales de cooperación relacionados con la producción agrícola y pecuaria. Para el efecto, visitó varios cantones, entre ellos Ventanas, Chone, Naranjito, El Carmen y Machala para conocer las inquietudes de los productores agropecuarios.
Lenin Plaza, titular de la mesa, tras agradecer el trabajo de los legisladores y el aporte de los delegados del Consejo Técnico, que hizo posible estructurar una normativa que permitirá fomentar y desarrollar al sector agropecuario, en condiciones de sustentabilidad y sostenibilidad, a fin de asegurar la soberanía alimentaria. Indicó, además, su aspiración de que el primer debate en el Pleno se desarrolle a mediados de noviembre.