La Comisión de Soberanía y Relaciones Internacionales aprobó, con 7 votos, el informe para segundo debate del proyecto de reformas a la Ley Orgánica de Movilidad Humana. En total se unificaron 13 proyectos presentados por asambleístas y el Ejecutivo.
La norma tiene como objetivo regular el ejercicio de derechos, obligaciones, institucionalidad y mecanismos vinculados a las personas en movilidad humana, que comprende emigrantes, inmigrantes; personas en tránsito; personas ecuatorianas retornadas; quienes requieran de protección internacional; víctimas de los delitos de trata de personas y de tráfico ilícito de migrantes; y, sus familiares.
Para el caso de las víctimas de trata de personas y tráfico ilícito de migrantes, esta Ley tiene como fin establecer el marco de prevención, protección, atención y reinserción que el Estado desarrollará a través de las distintas políticas públicas, de conformidad con el ordenamiento jurídico.
El titular de la mesa legislativa, Fernando Flores, indicó que el informe aprobado y elaborado en conjunto con diversos actores involucrados en el tema garantiza el cumplimiento de derechos humanos de los compatriotas que se hallan alrededor del mundo y de quienes han acogido al Ecuador como segunda patria.
Proyecto
La Ley Orgánica de Movilidad Humana señala las atribuciones especiales que tienen las Oficinas Consulares del Ecuador para precautelar que las personas ecuatorianas en el exterior sean tratadas con respeto y dignidad, entre las que destacan brindar asistencia oportuna, inmediata y efectiva; velar por el derecho a la legítima defensa; presentar quejas, denuncias o activar los mecanismos jurídicos para proteger o prevenir vulneraciones de derechos humanos de las personas ecuatorianas en movilidad humana.
Se proponen reformas en torno a principios de Reciprocidad Internacional, por ejemplo, que contiene elementos que nacen de la costumbre internacional, en el que un Estado concede a otro, un trato semejante al que recibe de este, en referencia al derecho migratorio. Un segundo principio, corresponde a la unidad familiar, como principio universal recogido en instrumentos internacionales.
El proyecto incorpora una nueva definición de “situación migratoria” la cual permite garantizar que nadie sea discriminado y que, en igualdad de condiciones, se procure hacer valer sus garantías y derechos constitucionales, visibilizando a todas aquellas personas que por alguna razón se quedaron sin visa/autorización de permanencia o ingresaron sin hacer control migratorio.
En la norma también se habla sobre las personas retornadas, en tal sentido, se presenta varios derechos y beneficios para los ecuatorianos que se radicaron en el exterior y retornan al territorio nacional para domiciliarse en este.
En el proyecto, además, se analizan aspectos relativos a la trata de personas y tráfico ilícito de migrantes, control migratorio, naturalización, faltas y sanciones migratorias, tratados internacionales, entre otras temáticas.