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Fiscal General afirma que Ley de Extinción de Dominio combatiría la corrupción y la delincuencia organizada
Política
Publicado en 17/10/2020

 

La fiscal General del Estado, Diana Salazar, atendió el llamado de la Comisión de Participación Ciudadana y Control Social para presentar las observaciones al proyecto de Ley Orgánica de Extinción de Dominio. La mesa legislativa, al momento, prepara el informe para segundo debate.

 

La titular de la Fiscalía sostuvo que esta ley es un instrumento fundamental para combatir la corrupción y la delincuencia organizada y, además, constituye una aspiración del pueblo ecuatoriano. Al mismo tiempo, indicó que los delitos de delincuencia organizada y corrupción se constituyen como una de las principales amenazas contemporáneas contra la seguridad de los Estados, las instituciones democráticas, la gobernabilidad y la estabilidad estatal.

 

En tal sentido, recalcó que la privación de la libertad ya no es la forma más idónea de contrarrestar eficazmente a este tipo de criminalidad, ya que los miembros de las organizaciones al ser capturados son rápidamente reemplazados. Es así que la cárcel se convierte en una consecuencia jurídica insuficiente en estos casos, lo que obliga a los Estados a utilizar nuevas alternativas sancionatorias.

 

Durante su ponencia resaltó que para reducir la capacidad operativa de la delincuencia organizada es importante afectar las fuentes que financian las actividades ilícitas, mediante mecanismos legales, como la figura de extinción de dominio, la cual está orientada de forma exclusiva al producto del delito.

 

Aclaró que la extinción de dominio es un juicio en contra de los bienes y no en contra de las personas. “Lo que se desea comprobar es la contaminación del bien con el delito”, afirmó.

 

 

 

Observaciones

 

La titular de la Fiscalía realizó varias observaciones a la normativa, entre ellas, indicó que la fundamentación de extinción de dominio no debería estar anclada a tipos penales específicos, ya que, entre los que constaban anteriormente, existen delitos prescriptibles e imprescriptibles.

 

Sobre la Retrospectividad, sostuvo que la norma no especifica qué es y cómo será aplicada, lo que afectaría al principio de legalidad. En otro aspecto, pronunció que se debe delimitar el principio de carga de la prueba que regirá en el proceso, debido a que en la extinción de dominio esta debe ser diferencia de la establecida para los procesos penales.

 

Respecto a la duración de la investigación patrimonial, en el proyecto de Ley se determina que esta se realice en 12 meses, sin embargo, la Fiscal solicitó que se extienda a 24 meses.

 

 

 

También mantuvo que es importante que la ley establezca que la monetización de bienes constituidos como activos especiales será destinada a las instituciones que intervienen en los procesos de extinción de dominio.

 

Además, solicitó que a más de destinar un porcentaje para programas de salud, educación y protección integral (...) se señale el porcentaje que se empleará para la lucha contra la corrupción y las instituciones intervinientes.

 

 

 

Beneficios de la ley

 

La Fiscal General mencionó varios beneficios del proyecto de Ley, entre ellos, puntualizó, que la acción de extinción de dominio halla sustento constitucional en el derecho a la propiedad privada, a partir de que esta cumpla una función social y para gozar de protección el uso que se haga de ella no deber ser perjudicial al interés colectivo.

 

Señaló, además, que la propiedad ilegítima o adquirida por medios ilícitos no puede merecer protección constitucional. Añadió que lo que se ataca con la extinción de dominio es simplemente la ilegitimidad del título que genera ese dominio mal habido.

 

Así también, manifestó que el proyecto de Ley en debate garantiza el derecho a la tutela judicial efectiva y al debido proceso, derechos que tienen rango constitucional por la importancia que representan dentro de un Estado de derecho y justicia.

 

A manera de conclusión, la autoridad de la Fiscalía indicó que la extinción de dominio se ha erigido como una herramienta eficaz de política criminal que focaliza la respuesta del Estado en los bienes que provienen directa o indirectamente del delito. Reconoció que la aplicación de la figura debe avanzar hacia el debilitamiento de la estructura económica y financiera de las organizaciones criminales.

 

Al finalizar su intervención señaló que por el momento la Fiscalía General no cuenta con el presupuesto necesario para cumplir de forma inmediata con la creación de las Unidades Especializadas en Extinción de Dominio.

 

Ante este último planteamiento, el titular de la Comisión, Raúl Tello, preguntó qué alternativas podrían existir puesto que si se aprueba la Ley no habrá operadores de justicia para que hagan operativa la norma. La Fiscal Salazar respondió que se podría incorporar una transitoria para que en un plazo de 6 meses la Fiscalía capacite a funcionarios y al personal que estará a cargo de las investigaciones.

 

Así mismo, dijo que es necesario obtener el compromiso del Ejecutivo para que dote de los recursos a la institución, y así emprender el desafío. Se requerirán recursos económicos para poner en marcha la iniciativa, añadió. 

 

 

 

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