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Pleno unificó dos proyectos para tratar en segundo debate reformas al Código de la Función Judicial
23/09/2020 11:16 en Política

 

La Asamblea Nacional, en la sesión del Pleno 683, resolvió unificar los dos proyectos de reformas al Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ), cuyos informes de segundo debate fueron definidos por la Comisión de Justicia, en los años 2018 y 2020, respectivamente.

 

La correspondiente moción la presentó la asambleísta Ximena Peña Pacheco, titular de la mesa, la cual determina que el contenido de los dos informes de los proyectos de reformas al COFJ se debatirán en una sola sesión, la ponente proceda con la unificación del contenido normativo y presente al Pleno de la Legislatura un solo texto final de votación.

 

 

 

Contenido y alcances

 

Peña destacó que el primer paquete de reformas, que contiene  21 artículos, aprobado el 31 de julio de 2018, tiene como ejes: error judicial, error inexcusable, creación de jueces de primera y segunda instancia, patrocinio legal gratuito y el sistema nacional de archivo.

 

Sostuvo que se diferencian las figuras de error judicial, negligencia y error inexcusable, con el fin de reforzar la normativa vigente respecto a la responsabilidad de los jueces por el perjuicio que puedan causar a las partes por su mal actuar, garantizando así, la aplicación del principio de debida diligencia en los procesos judiciales.

 

Precisó que el tema de error inexcusable está enmarcado en lo dispuesto en los artículos 178 y 181 de la Constitución, tiene su sustento en la consulta popular del 7 de mayo de 2011, mediante el cual se determinó las funciones y atribuciones del Consejo de la Judicatura para sancionar a los servidores judiciales, quienes al cumplir sus funciones, inobservan un mandato legal expreso, cometiendo una equivocación.

 

Otro de los aspectos importantes es el patrocinio legal gratuito. Para ello, se establece el régimen de pasantías obligatorias para los estudiantes de las carreras de derecho o de ciencias jurídicas, estás serán obligatorias por un año y remuneradas, excepto cuando la realicen, en los consultorios jurídicos gratuitos de una universidad pública o privada, argumentó.

 

También se refirió a la creación de jueces de primera y segunda instancia para las materias contencioso administrativa y tributaria, que permite que toda persona inculpada de un delito tiene derecho de recurrir del fallo ante juez o tribunal superior.

 

Además, resaltó la eliminación de la restricción que atenta al derecho al trabajo, reconocido por instrumentos internacionales de derechos humanos y la Constitución, para que los profesionales del Derecho que sean servidores públicos puedan brindar patrocinio legal.

 

 

 

Cambios integrales

 

Respecto al segundo grupo de reformas, aprobado el 18 de septiembre de 2020, manifestó que se sustenta en: lucha contra la corrupción; fortalecimiento de la Función Judicial; justicia abierta; domicilio electrónico y citación vía telemática; reforma al Código de Procesos; reformas a la Ley Notarial; y, período de lactancia de las servidoras judiciales.

 

 

 

Especialización en temas anticorrupción

 

Se dispone la formación, capacitación continua y especialización en temas anticorrupción para todos los servidores de la Función Judicial; cualquier persona natural o jurídica podrá presentar una denuncia en contra de un servidor del servicio judicial por actuaciones que vayan en contra de sus deberes y obligaciones. La Función Judicial debe velar por la transparencia y eficiencia, así como coordinar acciones con los órganos e instituciones regionales, internacionales y nacionales competentes para fortalecer la lucha contra cualquier acto de corrupción, expuso.

 

 

 

Fortalecimiento de la Función Judicial

 

Recalcó que el objetivo es  garantizar la mejora en la calidad de los servicios judiciales, la especialización y promoción de las personas que laboran en la Función Judicial. Para tal efecto, se determina que la evaluación a servidores  deberá llevarse a cabo cada tres años, con presencia, apoyo y control social. La Judicatura deberá expedir el reglamento que establezca los criterios cualitativos y cuantitativos. Además se evaluará periódicamente el servicio y la productividad de los órganos de la Función Judicial, indicó.

 

 

 

Estándares de rendimiento, evaluación y reelección

 

Acotó que los notarios deberán cumplir con los estándares de rendimiento para garantizar eficiencia y  eficacia; cada tres años serán evaluados; el incumplimiento de al menos setenta puntos en las dos evaluaciones será causal de remoción e inhabilitación para la reelección; permanecerán en el ejercicio de sus funciones por un período de seis años y podrán reelegirse por una sola vez para la misma u otra notaría, conforme lo estipula la Constitución. Se establece, continuó, que algunos servicios notariales sean prestados de manera telemática.

 

 

 

Evaluación de jueces de la Corte Nacional de Justicia

 

Aclaró que los jueces que cumplan nueve años en sus funciones cesarán en su cargo de forma inmediata, acorde la norma constitucional. La evaluación del trabajo realizado por juezas, jueces y conjueces de la Corte Nacional será cada tres años; no se evaluará el fallo o decisión adoptada por el juzgador.

 

 

 

Escuela de la Función Judicial

 

También, hizo mención al fortalecimiento de la Escuela de la Función Judicial, desconcentrando su directiva e integrando a todos los órganos que conforman el sistema judicial, a través de la conformación del Consejo Directivo plural.

 

 

 

Justicia Abierta

 

Puntualizó que la implementación del modelo de justicia abierta implica que se esta sea más accesible, más efectiva. Los principales pilares de este modelo son: transparencia, la proximidad y la colaboración.

 

 

 

Servicios telemáticos

 

Peña informó que los ciudadanos podrán acceder a los servicios notariales de manera física o telemática, para lo que el solicitante deberá expresar formalmente la modalidad que desea utilizar, asi mismo la citación telemática, a fin de superar la imposibilidad de ubicar la residencia de una determinada persona inmersa en una causa judicial.

 

 

 

Debate y aportes

 

En el debate, de manera general, se destacó la importancia de las reformas para garantizar la real independencia judicial, así como los procesos de evaluación y capacitación permanente de la Función y los servidores; la actualización del régimen disciplinario; la innovación de las citaciones telemáticas; los servicios virtuales en las notarías; el domicilio electrónico, siempre precautelando que estos medios en línea no vulneren derechos de los ciudadanos, entre otros aspectos.

 

Saludaron la iniciativa de que el error inexcusable, respetando el debido proceso, lo analice y resuelva un juez superior y no un órgano administativo como la Judicatura, atendiendo el dictamen de la Corte Constitucional, considerando que esta figura se utilizó para sancionar, perseguir y destituir a 3 mil servidores por emitir sentencias que disgustaban al régimen.

 

Se pronunciaron por la especialización de los actuales jueces penales en materias anticorrupción y crimen organizado, antes de crear juzgados en ese tipo de temas. Incluso, se habló que la Asamblea retome el tratamiento y aprobación de la Ley de Lucha contra la Corrupción, vetada totalmente por el Ejecutivo, que posibilitaba el decomiso de bienes producto de actos de irregulares.

 

Asimismo, la mayoría apoyó la tesis que la permanencia de los notarios se ajuste al artículo 200 de la Constitución. Sin embargo, hubo el planteamiento que puedan acceder a una segunda reelección en una notaría distinta, cumpliendo parámetros de evaluación, estándares o concursos de méritos.

 

Luego de las intervenciones, César Solorzano primer vicepresidente de la Legislatura, encargado de la conducción de la sesión 683, cerró el segundo debate de las reformas y solicitó que se presente, a la brevedad del caso, el texto final para votación.

 

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