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Primer debate del proyecto de Ley de Recuperación de Bienes sigue su trámite en el Pleno, el jueves
Ecuador
Publicado en 16/09/2020

 

Este jueves 17 de septiembre desde las 11h30, continuará el primer debate del proyecto de Ley Orgánica de Recuperación de Bienes de Origen o Destino Ilícito o Injustificado, conocido como Ley de Extinción de Dominio, según consta la convocatoria dispuesta por el presidente de la Asamblea Nacional, César Litardo Caicedo.

 

El documento fue preparado por la Comisión de Participación Ciudadana y Control Social. El 6 de agosto pasado, inició el tratamiento en primera instancia de este cuerpo legal que tiene por objetivo regular el procedimiento de extinción de dominio de los bienes de origen o destino ilícito, a favor del Estado. Establece su aplicación sobre dichos bienes localizados en Ecuador o los que estuvieren en territorio extranjero.

 

En esa primera jornada de tratamiento del proyecto intervinieron 20 parlamentarios, incluido el ponente, quienes coincidieron que es necesario atender las demandas del pueblo ecuatoriano, que claman por justicia y solicitan que se realice un control frontal a la corrupción.

 

Destacaron que con la normativa se pretende atacar el narcotráfico, el lavado de activos, el enriquecimiento ilícito y el crimen organizado. Pidieron que los procesos se hagan de forma transparente desde la incautación hasta la venta del bien.

 

Así también solicitaron que en la normativa se especifique el procedimiento para recuperar los bienes de origen ilícito que se encuentran en manos de terceras personas o testaferros.

 

En el informe se contempla varias causales de extinción de dominio, entre ellas: bienes de origen directo o indirecto de una actividad ilícita; bienes que correspondan al objeto material de la actividad ilícita o que formen parte de un incremento patrimonial no justificado. Igualmente, bienes de sucesión hereditaria, cuando hayan sido producto de actividades ilícitas, entre otros.

 

También se contempla las fases de investigación patrimonial y judicial, medidas cautelares, formas de cooperación, administración de bienes, entre otras disposiciones. Se crea unidades de Fiscalía para la extinción de dominio y jueces especializados en esta materia. Por otro lado, determina que la monetización de los bienes constituidos como activos especiales y que cuenten con sentencia ejecutoriada será invertida en programas destinados a la salud y educación de grupos vulnerables.

 

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